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Declaración Fundación Educacional Regional del Maule

Declaración Fundación Educacional Regional del Maule

Sobre reclamo Sra. Rallen Sepúlveda

   

El Directorio de la Fundación Educacional Regional del Maule, sostenedora del Instituto Regional del Maule de San Javier, se ve en la obligación de dar a conocer a la opinión pública algunos antecedentes del caso que ha expuesto públicamente también y hasta la saciedad la Sra. Rallen Sepúlveda para explicar y justificar el hecho de que su hijo haya quedado sin matrícula para cursar 2° Básico el Año Escolar 2023 en nuestro establecimiento educacional. Lamentamos hacer esto, porque creemos absolutamente que los problemas escolares no se ventilan, ni se resuelven de esta manera por razones muy obvias, pero la Sra. Rallen lo cree así y nos han obligado a hacerlo.
La Ley de Inclusión dictada el 2015 y plenamente vigente al día de hoy, estableció una serie de cambios al sistema educativo nacional. El más importante dice relación con el fin a la selección y al lucro. En ese marco de razonamiento se debe contextualizar este problema, en ningún otro.
Por lo tanto:
1.- Dando cumplimiento a lo establecido por el SAE (Sistema de Admisión Escolar) administrado por el Mineduc, se establecieron las condiciones del Proceso de Matrícula 2023 en el Instituto Regional del Maule y en diciembre 2022 recibimos la nómina de los estudiantes que debíamos matricular en el colegio para dicho período, en ellas venía incluído el nombre del hijo de la Sra. Rallen por supuesto, pues era alumno regular del establecimiento desde el 2020 cuando ingresó a Prekinder.
2.- Una de esas condiciones decía relación con el Período de Matrícula, el que estableció que ese proceso debía ocurrir entre el 14 y el 27 de diciembre pasado y así se hizo en el IRM. Los documentos e instancias creadas para dar a conocer el Período de Matrícula del colegio son varias, permanentes y de conocimiento público, pues se comunican anualmente a través de informativos físicos, de nuestra página web, de nuestras RRSS, en reuniones de apoderados presenciales, etc.
3.- A pesar de todo lo señalado, la Sra. Rallen Sepúlveda no concurrió al IRM de acuerdo a las indicaciones entregadas oportunamente, desde agosto en adelante, para dar cumplimiento a este trámite durante el Período de Matrícula 2023 y por supuesto, su hijo no fue matriculado en el Instituto Regional del Maule, sólo por eso y no porque el colegio lo haya “discriminado, negado matrícula, dicho que este colegio es para niños normales y no enfermos, para eso están las escuelas especiales o expulsado” como ha dicho ella a través de distintos medios y como le dijo incluso al Presidente de la República el 05 de julio en Villa Alegre, engañándolo a él y a todos los que se enteraron de esto a través de los medios de comunicación que han difundido la noticia.
4.- La matrícula, según el SAE, es un trámite que se realiza sólo presencialmente por parte del apoderado o de alguien a quien éste autorice con un poder simple y de no hacerlo, el SAE establece en su página web https://www.sistemadeadmisionescolar.cl/matricula.html que “Si no te matriculas dentro del periodo de matrícula, renuncias al cupo en el establecimiento donde fuiste asignado, y ésta vacante quedará disponible para ser usada por el establecimiento en el periodo de regularización”. Por lo tanto, la entrega de Informes de Personalidad o de Notas trimestrales o anuales, la completación de la Ficha de Matrícula interna, las entrevistas con el Profesor Jefe, los llamados telefónicos, etc. no constituyen matrícula y decir lo contrario, como lo ha hecho la Sra. Rallen es falso y que alguien le crea resulta incomprensible. Ella conoce el protocolo del IRM acerca de nuestro Proceso de Matrícula desde hace tres años.
5.- Todo lo dicho hasta aquí es tan cierto que la Superintendencia de Educación-Talca, organismo técnico y fiscalizador encargado de velar por el cumplimiento de la aplicación de la normativa educacional en Chile, se pronunció en dos ocasiones sobre este caso últimamente, el 12 de mayo y el 28 de junio, a pedido del Director Nacional del Observatorio Regional de Derechos Humanos de Chile y de la Sra. Rallen respectivamente, diciendo que “de acuerdo a los antecedentes analizados y revisados, se ha determinado el cierre de la presente denuncia, toda vez que no se detectan eventuales infracciones a la normativa educacional por parte del establecimiento”. Por lo tanto, a este estudiante no se le ha discriminado, no se le ha negado matrícula y mucho menos, se le ha expulsado.
En consecuencia:
La notoriedad y connotación que ha alcanzado este caso, la exposición de que ha sido objeto el hijo de la Sra. Rallen, los perjuicios que él esté sufriendo por no asistir a la escuela durante lo que va corrido del año son de responsabilidad de su madre exclusivamente, pues ella no lo matriculó de acuerdo a las reglas establecidas para el Proceso de Matrícula 2023 denotando negligencia al menos y ahora deberá ser matriculado en el Instituto Regional del Maule por mandato del Juzgado de Familia de San Javier, en un curso que no dispone de cupos actualmente y que tiene a 13 estudiantes en lista de espera antes que él, y a pesar de que las Resoluciones dictadas por la Superintendencia sobre el particular, establecen claramente que el Instituto Regional del Maule no ha cometido ninguna falta al respecto.

   

Directorio Fundación Educacional Regional del Maule.

 

San Javier, julio 10 del 2023.

   

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